Detalles

Informaciones
Propietario: Marcela Beatriz Barahona Rubio
Espacio de disco utilizado: 21.23 MiB
Creación: 2022-05-11 22:06:54
Decisión: Sanciona
Fecha de resolución: 2022-01-14
Fundamento: Al investigado se le atribuye la posible infracción al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés ", regulado en el artículo 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG); por cuanto durante marzo de dos mil dieciséis y los años dos mil diecisiete al dos mil veinte, habría participado en la propuesta y selección de la señora ****, como Docente Interina con sobresueldo, en el Centro Escolar "Cantón Palomía de Gualcho", quien sería su hermana. (…) Sanciónase al señor José Abraham Rivera Cáceres, Director Interino y Presidente del Consejo Directivo Escolar del Centro Escolar "Cantón Palomía de Gualcho", Nueva Granada, departamento de Usulután, con una multa de trescientos cuatro dólares con diecisiete centavos de dólar de los Estados Unidos ele América (US$304.17), lo anterior por haber infringido el deber ético regulado en el artículo 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Definitiva
Detalles de la versión: 1
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