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Propietario: TEG
Comentarios: La denunciante manifiesta que ante los oficio...
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Creación: 2017-11-01 09:47:17
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2013-05-21
Fundamento: La denunciante manifiesta que ante los oficios notariales del licenciado Helena Rodríguez, su madre, la señora ****************************, otorgó una compraventa con pacto de retroventa de un inmueble de su propiedad, sin saber que se trataba de ese contrato pues pensó que el instrumento se refería a la cancelación de una hipoteca que gravaba el inmueble. ... Explica que a raíz de dicho contrato, fueron demandadas en un proceso de inquilinato interpuesto por la señora ******************* en el Juzgado de lo Civil de San Vicente, el cual fue diligenciado por el licenciado Helena Rodríguez, en su calidad de colaborador judicial. ... En el caso particular, se advierte que la denunciante cuestiona en realidad la ética profesional del licenciado Oscar Raúl Helena Rodríguez en el ejercicio privado de la función notarial. Sin embargo, la competencia subjetiva que otorga la LEG a esta sede se limita al conocimiento de las conductas de los servidores públicos en el desempeño de su función pública. Así, de la relación de hechos efectuada por la denunciante, se observa que no existen suficientes elementos de juicio para determinar una posible infracción ética, pues no se cuestiona ninguna conducta precisa del licenciado Helena Rodríguez en el desempeño del cargo de colaborador del Juzgado de lo Civil de San Vicente, sino más bien su proceder como notario en negocios particulares. En ese sentido, de conformidad con el art. 81 letra b) del Reglamento de la LEG, deberá declararse improcedente la denuncia interpuesta
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 2
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    • 94-D-12.pdf
    • Versión: 2
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-10 14:42:32
    Publicado