Número de referencia de la resolución: | 87-A-14 |
Tesauro: | Bienes, fondos y recursos públicos. |
Decisión: | Sanciona |
Fecha de resolución: | 2018-05-21 |
Fundamento: | En el presente procedimiento se atribuye a la licenciada Claudia Sabina Iglesias de Brown la posible infracción al deber ético de “Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados”, regulado en el art. 5 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental, por cuanto durante el período comprendido entre enero de dos mil trece y diciembre de dos mil catorce habría entregado a su hijo, señor **********************, el vehículo placas P-218639, propiedad de la Corte Suprema de Justicia, para que realizara actividades particulares. Así, la Convención Interamericana contra la Corrupción impone a los Estados partes la aplicación de medidas dentro de sus propios sistemas institucionales, destinadas a crear, mantener y fortalecer normas de conducta para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas. Estas normas deben orientarse a prevenir conflictos de intereses y asegurar la preservación y el uso adecuado de los recursos asignados a los funcionarios públicos en el desempeño de sus funciones (art. III. 1 de la CIC). |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | Ninguno |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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