Número de referencia de la resolución: | 36-A-14 |
Tesauro: | Aviso, Sobreseimiento, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sobreseimiento |
Fecha de resolución: | 2018-02-26 |
Fundamento: | ...Con base a lo anterior se repara que el término de prueba finalizó sin que con las diligencias de investigación efectuadas este Tribunal haya obtenido prueba que acredite los hechos objeto de aviso y, por ende, la existencia de las infracciones éticas atribuidas los licenciados Josué Abner Álvarez Sosa y Carlos Ernesto Orellana Orellana. Ciertamente, el instructor delegado por este Tribunal efectuó su labor investigativa en los términos en los que fue comisionado por este Tribunal, pero ésta no le permitió obtener medios de prueba distintos a los ya enunciados...El artículo 97 letra c) del Reglamento de la Ley de Ética Gubernamental (RLEG) establece el sobreseimiento como forma de terminación anticipada del procedimiento cuando concluido el período probatorio o su ampliación no conste ningún elemento que acredite la comisión de la infracción o la responsabilidad del investigado. No constando pues en este procedimiento elementos que acrediten las conductas objeto de aviso, ni advirtiéndose la oportunidad de obtener medios de prueba que permitan descubrir la verdad real, no es posible para este Tribunal efectuar un juicio de valoración probatoria, siendo innecesario continuar con el trámite de ley correspondiente. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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