Número de referencia de la resolución: | 94-A-17 |
Tesauro: | Aviso, Bienes, fondos y recursos públicos., Deber de uso adecuado de recursos del Estado, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2018-03-12 |
Fundamento: | Con la información obtenida se han desvirtuado los datos proporcionados por el informante anónimo pues consta que la señora Berta Lobos de Aparicio no labora en el Centro Escolar “Cantón Planes de San Sebastián”; que en febrero de dos mil diecisiete el Consejo Directivo de dicha escuela decidió solicitar tres dólares (US$3.00) como colaboración voluntaria a cada padre de familia para la reparación de las ventanas de la dirección; pero en agosto de ese año, acordaron devolver el dinero (fs. 6 al 9, 12, 20 al 83). De manera que no se han robustecido los indicios advertidos inicialmente sobre una posible infracción al deber ético de “Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados”, regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG. En razón de lo anterior, y no reparándose elementos suficientes que permitan determinar la existencia de una posible infracción ética, es imposible continuar el presente procedimiento. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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