Número de referencia de la resolución: | 215-A-16 |
Tesauro: | Aviso, Prohibición de actividad privada, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2018-04-16 |
Fundamento: | ...Con la información obtenida con la investigación preliminar se determina que, si bien el informante anónimo indicó en el aviso que en el mes de septiembre de dos mil dieciséis el profesor Mario Antonio Amaya Mendoza se ausentó de sus funciones por un período de dos semanas y media, se repara que en realidad dicho servidor público inasistió a sus labores durante ocho días hábiles en ese mes, por enfermedad de su padre, contando para ello con autorización del Director y del Consejo Directivo Escolar, período en el cual contrató a un docente particular para que lo sustituyera, quien impartió las clases que correspondían al señor Amaya Mendoza. En tal sentido, se desvirtúa la ocurrencia de una posible transgresión a la prohibición ética de “Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley”regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG, por cuanto la inasistencia a sus labores por parte del referido servidor público se encuentra debidamente justificada, y por tanto, constituye una excepción legal a dicha prohibición ética como lo refiere la parte final del precepto citado. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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