Número de referencia de la resolución: | 233-A-18 |
Tesauro: | Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2020-06-12 |
Fundamento: | De manera que no se han establecido los hechos manifestados en el aviso de mérito sobre la posible transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", regulado en el artículo 6 letra e) de la LEG, por cuanto no existen registros institucionales que confirmen o sustenten el hecho atribuido a la licenciada Karla América Bonilla Hernández, Coordinadora Nacional de Inspección de Trabajo y su equipo de trabajo. En razón de lo anterior, y no advirtiéndose elementos suficientes que permitan atribuir una posible infracción ética a la servidora pública investigada, resulta inviable continuar con el trámite de ley correspondiente, de conformidad con el articulo 81 letra b) del Reglamento de la LEG. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | 233-A-18 |
Tipo de resolución: | Anormal |
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