Número de referencia de la resolución: | 151-A-17 |
Tesauro: | Bienes, fondos y recursos públicos. |
Decisión: | Sanciona |
Fecha de resolución: | 2020-02-10 |
Fundamento: | Entre los años dos mil quince y dos mil diecisiete, cuando acaecieron los hechos relacionados, el señor Girón Figueroa devengó en la Alcaldía Municipal de Aguilares un salario mensual de dos mil ciento quince dólares de los Estados Unidos de América (US$2,115.00), según informe emitido por el Secretario Municipal de esa institución (f. 38). En consecuencia, en atención a la gravedad y circunstancias del hecho cometido, el beneficio obtenido por el infractor, el daño ocasionado a la Administración Pública y la renta potencial del investigado, es pertinente imponer al señor Girón Figueroa una multa de cuatro salarios mínimos mensuales urbanos para el sector comercio, equivalentes a mil seis dólares de los Estados Unidos de América con ochenta centavos (US$ l ,006.80), por la infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG, cuantía que resulta proporcional a la vulneración cometida según los parámetros antes desarrollados. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | 151-A-17 |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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