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El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra los señores: i) ****, ex regidor propietario de la Alcaldía Municipal de San Salvador, a quien se atribuye la transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra h) de la Ley de Ética Gubernamental, por cuanto entre el mes de mayo de dos mil quince a noviembre de dos mil diecisiete, habría intervenido en el nombramiento de su hermano, señor *****, como asesor del despacho municipal de la referida alcaldía, a quien se le atribuye la infracción a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG, dado que desde su nombramiento hasta el mes de noviembre de dos mil diecisiete, no se habría presentado a realizar sus labores ordinarias de trabajo. |