Número de referencia de la resolución: | 65-A-19 |
Tesauro: | Prohibición de actividad privada |
Decisión: | Sobreseimiento |
Fecha de resolución: | 2021-06-25 |
Fundamento: | En síntesis, se verifica que a partir de las diligencias investigativas realizadas no se obtuvieron elementos probatorios diferentes a los relacionados, que indicasen que, durante el período comprendido entre junio de dos mil quince a diciembre de dos mil dieciocho, la señora Eva Cristina Aquino de Zepeda no se haya presentado a desempeñar sus funciones en la Asamblea Legislativa. En este caso, el Instructor delegado por este Tribunal efectuó su labor investigativa en los términos en los que fue comisionado, pero esta no le permitió obtener medios de prueba distintos a los ya enunciados, por lo que es inoportuno continuar con el trámite de ley contra la señora Eva Cristina Aquino de Zepeda por la supuesta transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG, en los términos fijados en el considerando I de esta resolución. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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