• 115-A-20
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Número de referencia de la resolución: 115-A-20
Tesauro: Conflicto de interés
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2021-10-15
Fundamento: (…) A partir de la información obtenida en el caso de mérito, consta que durante el mes de agosto de dos mil veinte la señora Marta Gloria Arriaga Mejía laboró como auxiliar administrativa del área de archivo en la Unidad de Salud Comunitaria de San Fernando. Ahora bien, aunque el informante mencionó que la investigada se habría prevalido de su cargo como regidora para ser contratada en la referida unidad de salud y habría solicitado una indemnización por su renuncia en el cargo como promotora de esa misma dependencia; según copia simple de acuerdo número ocho del acta número dos de fecha treinta de enero de dos mil veinte, emitida por el Concejo Municipal de dicha comuna, se estableció que la señora Marta Gloria Arriaga Mejía se retiró de la sesión de ese ente colegiado, del cual formó parte como Regidora, al momento de decidir respecto de su contratación como auxiliar administrativa de la Unidad de Salud en comento. De manera que se ha desvirtuado el cometimiento de la transgresión al deber ético destacado en la fase preliminar de este procedimiento, relativo a "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulado en el art. 5 letra c) de la LEG.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
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  • 2021-10-29 19:42:18

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