Número de referencia de la resolución: | 13-D-23 |
Tesauro: | Improcedencia |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2023-02-17 |
Fundamento: | En el presente caso, en la denuncia de mérito se señala -en concreto- que el treinta de enero de dos mil veintitrés, el Juez Especializado de Instrucción (C-2) de San Miguel -cuya identidad no fue proporcionada y la cual se adujo sería protegida- declaró desistida la intervención del abogado **** en razón que éste habría comparecido con seis minutos de retraso a una Audiencia de Revisión de Medidas convocada por dicha autoridad judicial, para las nueve horas de ese mismo día; a pesar que el aludido representante supuestamente informó por teléfono al "Tribunal Especializado C-2 de San Miguel" (sic), que llegaría minutos tarde a la realización de la diligencia en comento, por encontrarse en tráfico. Asimismo, se indica que el denunciado no aceptó las justificaciones expuestas por el abogado ****, ni accedió a la realización de una audiencia privada, para conocer las razones de dicho retraso. En tal sentido, refieren que esa conducta es antiética (…) |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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