5-0-13 TRIBUNAL DE ÉTICA GUBERNAMENTAL: San Salvador, a las ocho horas con veinte minutos del día diez de marzo de dos mil catorce. Por agregado el oficio recibido el trece de febrero de este año, suscrito por la señora Sandra Marlene Salgado García, Tercera Secretaria de la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa. Por agregado el oficio recibido el veintiuno se concedió a la señora Guevara de Samayoa el plazo de cinco días hábiles para que hiciera uso de su derecho de defensa (f. 15). 4. Por resolución de las ocho horas con diez minutos del trece de mayo de dos mil trece, se hizo constar la imposibilidad de comunicar a la señ.ora Guevara de Samayoa la apertura del procedimiento, por lo que se requirió por una parte al Registrador Nacional de las Personas Naturales y a la Gerente de Recursos Humanos de la Asamblea Legislativa que proporcionaran la dirección particular de la referida servidora pública; y por otra, al Jefe del Departamento de Inspección y Afiliación del Instituto Salvadoreño del Seguro Social que informara el lugar de trabajo que aparecía en sus registros de la señora Guevara de Samayoa (f. 17). 5. Por medio de oficio recibido el doce de junio de dos mil trece, la señora Patricia Gómez de Mejía, Gerente de Recursos Humanos de la Asamblea Legislativa, proporcionó la dirección de residencia de la señora Guevara de Samayoa (f. 21 ). 6. Mediante resolución de las once horas con quince minutos del veinticuatro de junio de dos mil trece, se ordenó notificar las resoluciones de fs. 15, 17 y esa misma resolución a la señora Guevara de Samayoa en su lugar de residencia (f. 22). 7. Por medio de oficio ref. 299 recibido el veinticinco de junio de dos mil trece, los señores Gloria Estela Alfaro, Jefa de la Sección de Control de Ingresos, y César Donaldo Miranda, Jefe del Departamento de Administración de Recaudaciones y Recuperación, ambos del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), informaron que la señora Guevara de Samayoa no era cotizante activa a la fecha y que su última cotización fue enjulio de dos mil doce con la Asamblea Legislativa como patrono (f. 23) 8. Mediante oficio ref. 62613 recibido el veintisiete de junio de dos mil trece, el Director del Registro Nacional de Personas Naturales proporcionó la dirección de residencia de la señora Guevara de Samayoa (f. 24). 9. Por resolución de las nueve horas con veinte minutos del once de septiembre de dos mil trece, se decidió notificar las correspondientes resoluciones a la señora Guevara de Samayoa en la dirección que proporcionó la Gerente de Recursos Humanos de la Asamblea Legislativa, previa verificación de si se trataba de su lugar de residencia; lo cual finalmente se constató (fs. 26 y 27). 1 O. En la resolución de las nueve horas con veinte minutos del cuatro de noviembre de dos mil trece, se abrió a pruebas el presente procedimiento, se requirió documentación a los Gerentes de Recursos Humanos y Financiero de la Asamblea Legislativa, al Coordinador del grupo parlamentario de la Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA), y se comisionó a la coordinadora de instrucción para que se constituyera a la Asamblea Legislativa, con el fin de indagar sobre la actividad laboral que habría realizado la señora Guevara de Samayoa y entrevistar a potenciales testigos que pudieran declarar sobre los hechos objeto del procedimiento (f. 28). 11. Mediante oficio recibido el veintidós de noviembre de dos mil trece, el señor Raziel Quevedo Morales, Tesorero Institucional de la Asamblea Legislativa, indicó el salario que percibía 2 la Mireya Lissette Guevara de Samayoa, durante el período comprendido del uno de julio de dos mil diez al treinta y uno de julio de dos mil doce (f. 34). 12. Por oficio recibido el veintiocho de noviembre de dos mil trece, el señor Walter Guzmán, coordinador del grupo parlamentario de GANA, informó las comisiones a las cuales estaba asignada la señora Guevara de Samayoa -comisiones de Salud están exentos Patricia Gómez de Mejía, Gerente de Recursos Humanos de la Asamblea Legislativa, remitió certificación del expediente laboral de la señora Guevara de Samayoa (fs. 37 al 62). 14. Por este año Presidente y a Secretaria del año Sandra Marlene Salgado García, Tercera Secretaria de la Junta Directiva de la Asamblea, informó que en el período comprendido entre el uno de mayo al treinta y uno de julio de dos mil doce, la señora Guevara de Samayoa realizó labores de apoyo administrativo y colaboración en la comisión de Justicia y Derechos Humanos (f. 135). 17. El veinte de febrero de este año, se recibió la declaración de los señores . En síntesis, expresó que labora como asesor técnico de la comisión de Justicia y Derechos de la Asamblea Legislativa desde hace dieciséis años aproximadamente. Mencionó que entre julio de dos mil diez a julio a dos mil doce, la comisión estaba integrada por diversos diputados, entre ellos el señor Rodrigo Samayoa Rivas, esposo de la presunta infractora. Reveló que no tuvo ninguna relación laboral con la señora Guevara de Samayoa ni la vio en reuniones de trabajo de la referida comisión. Por su parte, , en lo medular, señaló que es técnico de desarrollo legislativo desde mil novecientos ochenta y , que se encuentra asignado a la comisión de Salud y que no conoce ni tuvo relación laboral con la señora Guevara de Samayoa. 3