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Propietario: TEG
Comentarios: ...se advierte que el quince de noviembre de ...
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Creación: 2017-11-01 09:48:15
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2016-05-16
Fundamento: ...se advierte que el quince de noviembre de dos mil quince, el señor Miguel Ángel Pereira Ayala, Alcalde Municipal de San Miguel, habría programado la realización de un “carnavalito” en la Colonia Santa Gertrudis de dicha municipalidad, en el marco de las celebración de las fiestas patronales, el cual no se llevó a cabo. Al respecto, los hechos denunciados no se perfilan como posibles transgresiones a los deberes y prohibiciones éticas contenidas en los artículos 5, 6 y 7 de la LEG; y, en consecuencia, no están sujetos a la competencia de este Tribunal. En efecto, el deber ético invocado por el señor ************* busca que los servidores públicos no orienten los recursos públicos que gestionen como parte de su función, hacia beneficios personales, sino hacia objetivos propios de la institución en la cual se desempeñan; es decir que de manera inevitable deben servir a la realización de un interés colectivo.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 2
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    • 19-D-2016.pdf
    • Versión: 2
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-22 16:25:34
    Publicado