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Propietario: TEG
Comentarios: ...se advierte que la información remitida a...
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Creación: 2017-11-01 09:48:26
Año: 16
Deberes éticos (Art. 5 legislación vigente):
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2016-10-31
Fundamento: ...se advierte que la información remitida a este Tribunal no aporta indicios de posibles infracciones a los deberes o prohibiciones éticas regulados en la LEG, pues los hechos comunicados se refieren a una supuesta irregularidad en la contratación de la señora Sandra Ivonne Ramírez Martínez, por parte del señor Marcos de Jesús Mena Iglesias, Jefe de la Unidad de Auditoría de la Policía Nacional Civil, incumpliendo con ello los procedimientos internos establecidos en la normativa institucional. En efecto, tal como consta en la documentación adjunta, la conducta atribuida al señor Mena Iglesias debe ser fiscalizada conforme a la normativa interna de la PNC; pues si bien la LEG persigue la promoción del desempeño ético en la función pública, ésta no pretende arrogarse la potestad disciplinaria interna que compete a cada una de las instituciones del Estado. Adicionalmente, el conocimiento de las irregularidades en los procesos de contratación y selección de personal efectuados por las instituciones públicas, corresponde a la Corte de Cuentas de la República, por lo cual se informará sobre los hechos objeto del presente aviso. En definitiva, los hechos planteados al no perfilarse como una transgresión a los deberes y prohibiciones éticos regulados en los artículos 5 y 6 de la LEG no están sujetos a la competencia de este Tribunal.
Ley: Vigente
Problema jurídico: Terminación anticipada
Prohibiciones éticas (Art. 6 legislación vigente):
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 2
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    • 105-A-16.pdf
    • Versión: 2
    • 15.9 KBytes application/pdf
    • Enviado por TEG
    • 2017-11-23 20:40:22
    Publicado