Detalles

Informaciones
Propietario: Lourdes Beatriz Méndez
Espacio de disco utilizado: 16.09 MiB
Creación: 2019-02-21 20:42:29
Decisión: Sanciona
Fecha de resolución: 2018-01-09
Fundamento: Desde la fase liminar del procedimiento, como se señaló, las conductas atribuidas al licenciado Francisco Cruz Letona se calificaron como una posible transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG.... Con la prueba recabada en el presente procedimiento se ha establecido que los días nueve y dieciséis de diciembre de dos mil trece; catorce y diecisiete de enero de dos mil catorce; doce, catorce y veintiuno de febrero de dos mil catorce; tres de marzo, diez de abril, uno, dieciocho y veintitrés de julio y veintinueve de octubre, estas últimas de dos mil catorce, el licenciado Francisco Cruz Letona, durante su jornada laboral en la Universidad de El Salvador, se apersonó al Juzgado Especializado de Instrucción "A" de San Salvador, al Juzgado Especializado de Instrucción "B" de San Salvador, al Juzgado Especializado de Sentencia "B" de San Salvador y al Juzgado de Primera Instancia de Tejutla del departamento de Chalatenango, para intervenir en procesos judiciales como Apoderado General Judicial y defensor particular, sin contar con autorización para ello en ninguna de las fechas indicadas.
Ley: Vigente
Proceso(s) Acumulado(s): Ninguno
Tipo de resolución: Definitiva
Detalles de la versión: 1
Fichero Comentarios Estado Acciones
    • Resolución Final Exp. 46-A-15.pdf
    • Versión: 1
    • 6.7 MBytes application/pdf
    • Enviado por Lourdes Beatriz Méndez
    • 2019-02-21 20:42:29
    Publicado