Detalles

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Propietario: Lourdes Beatriz Méndez
Espacio de disco utilizado: 476.93 KiB
Creación: 2019-04-28 22:35:12
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2017-10-23
Fundamento: II.En el caso particular, en la denuncia se atribuyea los señores José Tomás Chévez Ruiz, Presidente y Director Ejecutivo y,Gladys Margarita Menéndez de Cárcamo, Jefe del Área de Gestión y Desarrollo Humano, ambos del Fondo Social para la Vivienda, la existencia de conflictos de interés en el desempeño de sus funciones, por acciones relacionadas con contratación de supuestos familiares, recontratación de empleados, contratación y ascensos de personas que se congregan en la misión cristiana de la Iglesia ******** y, discriminación de empleados del FSV fundada en la aplicación de amonestaciones por escrito. En este sentido, a fin de construir la línea argumentativa de la decisión que se adoptará por este Tribunal, deben exponerse los razonamientos relativos a la tipicidad de los hechos denunciados... En este sentido, este Tribunal no puede realizar valoraciones sobre las medidas disciplinarias adoptadas por los servidores públicos del Fondo Social para la Vivienda, pues no tiene competencia al respecto; asimismo, no puede revisar dichas decisiones. De tal manera, al realizar el análisis de los hechos planteados en la denuncia interpuesta, se determina que las acciones efectuadas por los denunciados no configuran posibles contravenciones a deberes o prohibiciones tipificados por la LEG; pues, deben evidenciarse elementos que permitan construir los supuestos del tipo de conducta que se pretende atribuir. En consecuencia, conforme a lo regulado en los artículos 5, 6 y 7 de la LEG, las conductas atribuidas a los denunciados son atípicas, y por ende, no pueden ser fiscalizadas por este Tribunal.
Ley: Vigente
Proceso(s) Acumulado(s): Ninguno
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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