Fundamento: |
Se hace referencia que durante el período investigado, no han existido contrataciones de personas con ningún tipo de parentesco con la licenciada ******.
Por tanto, de la investigación preliminar, no se robustecen los hechos informados inicialmente sobre la posible contravención al deber ético regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG y a la prohibición ética establecida en el artículo 6 letra h) de la LEG, por parte de licenciada ******.
En razón de lo anterior, no es procedente continuar el presente procedimiento. |