Fundamento: |
De manera que se han desvirtuado los indicios establecidos inicialmente sobre la posible
infracción al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su
cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulado en el artículo 5 letra c) de la LEG, por parte del señor ******.
Debido a todo lo anterior. y no advirtiéndose elementos que permitan determinar la existencia de posibles infracciones éticas, es imposible continuar con la tramitación del presente procedimiento administrativo sancionador. |