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Propietario: TEG
Espacio de disco utilizado: 2.56 MiB
Creación: 2021-03-01 08:21:36
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2020-11-23
Fundamento: respecto a la supuesta infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra b) de la LEG, por parte de la señora ******, al omitir informar a este ente sobre posibles actos contrarios a la ética pública, debe precisarse que éste alude al deber de denuncia que tiene todo servidor público para hacer de conocimiento del Tribunal o de la Comisión de Ética Gubernamental correspondiente, las supuestas infracciones cometidas contra la LEG; sin embargo, para el caso concreto, como ya se estableció en párrafos anteriores, de las acciones atribuidas a la señora ******, no se han advertido aspectos que objetivamente puedan configurarse como transgresiones éticas de las cuales debió tener conocimiento este Tribunal. Debido a todo lo anterior, y no advirtiéndose elementos suficientes que permitan determinar la existencia de posibles infracciones éticas, es imposible continuar con la tramitación del presente procedimiento administrativo sancionador
Ley: Vigente
Proceso(s) Acumulado(s): 61-A-18
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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    • 60-A-18 ACUM 61-A-18_Censurado.pdf
    • Versión: 1
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    • Enviado por TEG
    • 2021-03-01 08:21:36
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