Detalles

Informaciones
Propietario: TEG
Espacio de disco utilizado: 1.53 MiB
Creación: 2021-04-09 21:27:04
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2021-02-10
Fundamento: En el caso particular, el informante manifiesta que el Alcalde Municipal de San Marcos, departamento ele San Salvador, colocó una valla publicitara que lleva inserto el siguiente texto: "Prohibido al partido ARENA 3.0 andar haciendo promesas políticas con este inmueble municipal", lo cual considera que es una publicidad eminentemente electoral y pagada con fondos públicos; sin embargo, dicha circunstancia no encaja en ninguna de las infracciones a los deberes y prohibiciones éticos regulados en los arts. 5, 6 y 7 de la LEG, debido a que de la imagen anexa al aviso no es posible advertir elementos que permitan identificar que el referido funcionario público esté realizando campaña a favor ele un determinado instituto político, pues la valla publicitaria en comento carece de simbología y distintivos político partidarios.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
Fichero Comentarios Estado Acciones
    • 145-A-20.pdf
    • Versión: 1
    • 519.3 KBytes application/pdf
    • Enviado por TEG
    • 2021-04-09 21:27:04
    Publicado