Fundamento: |
La investigación preliminar y los documentos remitidos, no se advierten las infracciones al deber ético relativo a "Denunciar ante el Tribunal de Ética Gubernamental o ante la Comisión de Ética Gubernamental respectiva, las supuestas violaciones a los deberes o prohibiciones éticas contenidas en es/a ley, de las que tuviere conocimiento en el ejercicio de su función pública", regulado en el art. 5 letra b) de la LEG; por parte del señor ******, Alcalde Municipal de Tamanique, departamento de La Libertad; y, a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas duran/e la jornada ordinaria de trabajo", regulada en el artículo 6 letra e) de dicha norma, por parte de la licenciada *******. En razón de lo anterior, y no advirtiéndose elementos suficientes que permitan determinar la existencia de esas infracciones éticas, es debido concluir el presente procedimiento respecto a la misma. |