Detalles

Informaciones
Propietario: Glenda Milagro Solís Vásquez
Espacio de disco utilizado: 2.33 MiB
Creación: 2021-05-07 20:09:29
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2021-03-05
Fundamento: Finalmente, es preciso acotar que la imposibilidad por parte de este Tribunal de controlar las actuaciones de los denunciados, no significa una desprotección de los bienes jurídicos que pudieran verse comprometidos sino únicamente que deberán ser otras instancias las que, dentro de sus competencias, evalúen y determinen las responsabilidades que correspondan, pudiendo la denunciante, si así lo estima pertinente, avocarse a las mismas a fin de denunciar lo ocurrido. De manera que, este Tribunal se encuentra impedido de conocer respecto de los hechos objeto de denuncia antes señalados. En ese sentido, deberá declararse improcedente la denuncia contra los señores ***** y ******, empleados de FUNlBER. Por tanto, con base en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 6 y 7 de la Ley de Ética Gubernamental 80 numeral 3°, 81 letra a) y 98 del Reglamento de dicha ley, 115 y 116 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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