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Propietario: Glenda Milagro Solís Vásquez
Espacio de disco utilizado: 1.39 MiB
Creación: 2021-05-20 18:48:25
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2021-03-19
Fundamento: De manera que los datos obtenidos con la investigación preliminar no son suficientes para sustentar el cometimiento de la posible transgresión al deber ético de "Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados", regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG, atribuido al señor *****, pues consta que existía una autorización por parte de la Presidencia de ANDA para el uso de dicho vehículo. No obstante lo anterior, este Tribunal advierte que no constan las razones por las cuales el Presidente de ANDA -al momento de los hechos- habría autorizado el uso del vehículos institucional al señor ***** para ser trasladado a su vivienda, por lo cual es preciso referir que el deber ético regulado en el art. 5 letra a) de la LEG, en relación con el catálogo de principios rectores que comprende dicho cuerpo normativo -entre ellos los de supremacía del interés público, lealtad, eficiencia y eficacia- exhortan a todos aquellos que administran recursos del Estado a utilizarlos de forma racional, y destinarlos únicamente para fines institucionales; pues su desvío hacia objetivos particulares indudablemente se traduce en actos que transgreden la ética pública.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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