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El presente procedimiento se tramita contra el licenciado *****, Juez de lo Civil de Mejicanos, departamento de San Salvador, a quien se atribuye la posible transgresión al deber ético de "Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados", regulado en el artículo 5 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG; por cuanto según el informante anónimo durante el período comprendido entre noviembre de dos mil quince y el veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, habría utilizado el vehículo nacional placas P 394-880 propiedad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) asignado a la sede judicial a su cargo, como medio de transporte para "irse de paseo", realizar diligencias personales y trasladar al nieto a su lugar de estudio; además en ese mismo período le habría prestado el vehículo a su hijo para trasladarse todos los fines de semana al departamento de San Miguel. |