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El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra la señora *****, Colaboradora Administrativa de la Asamblea Legislativa y ex Segunda Regidora Propietaria de la Alcaldía Municipal de San Antonio Los Ranchos, departamento de Chalatenango, a quien se atribuye la posible transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto en el período comprendido entre el veinte de enero de dos mil dieciséis hasta el día ocho de marzo de dos mil diecinueve no se presentó a laborar en la Asamblea Legislativa pero recibió su salario mensual habitual. |