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El presente procedimiento inició oficiosamente contra el señor *****, ex Diputado Suplente de la Asamblea Legislativa, de la fracción política de Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA). (…) Al investigado se le atribuye la posible transgresión al deber ético regulado en el artículo 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental; por cuanto, durante el período comprendido de abril a diciembre de dos mil diecisiete, como Diputado Suplente de la Asamblea Legislativa de la fracción política de GANA, habría intervenido en el procedimiento de contratación de la señora ****, como Encargada del Área Jurídica de la Oficina Departamental de Santa Ana de esa institución, con quien le une un vínculo de parentesco por consanguinidad en primer grado descendiente, ya que dicha señora es su hija. |