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En el presente procedimiento administrativo sancionador se atribuye a los investigados, señores *****, ex Alcalde Municipal; y, *****, Regidora propietaria, ambos de la Alcaldía de Apopa, departamento de San Salvador, la posible transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra f) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto el día catorce de diciembre de dos mil dieciocho, en horas laborales, habrían enviado a empleados de la cuadrilla municipal a retirar una donación de juguetes a un lugar cercano al Aeropuerto Internacional de El Salvador, los cuales posteriormente serían utilizados en una fiesta realizada por el partido político Alianza Republicana Nacionalista (ARENA), en la Colonia Valle Verde de ese mismo municipio (...). |