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El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra la señora ****, ex Directora interina única del Centro Escolar Cantón El Jícaro, del municipio y departamento de La Unión, a quien se atribuye la posible infracción de la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto entre los meses de enero de dos mil diecisiete a agosto de dos mil dieciocho, habría incumplido de forma reiterada su horario de trabajo para realizar diligencias personales. |