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El presente procedimiento inició mediante denuncia presentada el día catorce de noviembre de dos mil diecisiete por miembros de la Comisión de Ética Gubernamental del Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial (ISBM), contra la señora Claudia Lisseth Hernández Fuentes, ex Médico Especialista en el Policlínico Magisterial de San Miguel del referido Instituto, a quien se atribuye la transgresión a la prohibición ética de "Percibir más de una remuneración proveniente del presupuesto del Estado, cuando las labores deban ejercerse en el mismo horario (…)", regulada en el artículo 6 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG.
Sanciónase a la señora Claudia Lisseth Hernández Fuentes, ex Médico Especialista en el Policlínico Magisterial de San Miguel del Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial y Médico Residente I (becario) con funciones de Médico Especialista I en el Hospital Nacional “Dr. Héctor Antonio Hernández Flores" de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, con una multa de mil seis punto ochenta dólares de los Estados Unidos de América (US$ 1,006.80), por haber transgredido la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra d) de la Ley de Ética Gubernamental, en razón que entre julio de dos mil dieciséis y el veintiuno de marzo de dos mil dieciocho, desempeñó de forma simultánea los cargos relacionados, resultando de ello que en los días en que debía laborar en ambas instituciones sumó más de ocho horas de trabajo, sobre pasando el máximo de horas diarias permitidas por el legislador, según se estableció en el considerando IV de esta resolución. |