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Propietario: Marcela Beatriz Barahona Rubio
Espacio de disco utilizado: 4.37 MiB
Creación: 2021-10-07 21:48:16
Decisión: No sanciona
Fecha de resolución: 2021-02-10
Fundamento: El presente procedimiento inició mediante denuncia presentada el día diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete contra la señora *******, ex Jefa de la Unidad Jurídica Municipal en la Alcaldía de La Unión, a quien se atribuye posibles transgresiones (…) Por tanto, este Tribunal RESUELVE: a) Absuélvese a la señora ********, ex Jefa de la Unidad Jurídica Municipal en la Alcaldía de La Unión, por: i) la infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental, respecto a que el día tres de enero de dos mil diecisiete intervino autenticando notarialmente -como parte de las funciones que le correspondía ejercer en su calidad de Jefa de la Unidad Jurídica Municipal de La Unión- contrato de arrendamiento suscrito entre los señores ******* y *******, siendo dicha investigada apoderada general judicial de la señora ****** y, por tanto, subsistiendo presuntamente un conflicto de intereses; y ii) la transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra g) de la Ley de Ética Gubernamental, respecto al presunto menoscabo de la imparcialidad de dicha señora como Jefa de la Unidad Jurídica Municipal de La Unión, o la presunta configuración de un conflicto entre los intereses públicos que debía tutelar desde el referido cargo e intereses privados, a causa de su comparecencia a la Alcaldía de la referida localidad, el día cinco de septiembre del año dos mil diecisiete, como apoderada de la señora *******, según consta en los puntos números 3 y 5 del apartado IV de esta resolución.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Definitiva
Detalles de la versión: 1
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