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En el caso particular, el denunciante indicó que desde el mes de julio de dos mil diecisiete, el señor ****, Exdirector General de Transporte Terrestre del Viceministerio de Transporte, habría dado órdenes al personal de la Unidad de Atención al Usuario de ese Viceministerio para no recibir la solicitud y documentación para obtener permisos de línea de tres tricimotos con pólizas números "428070, 428442 y 428070" en calidad de transporte alternativo de pasajeros.
Por ello, este Tribunal ordenó la investigación preliminar del caso por la posible transgresión de la prohibición ética de "Denegar a una persona la prestación de un servicio público a que tenga derecho, en razón de nacionalidad, raza, sexo, religión, opinión política, condición social o económica, discapacidad o cualquiera otra razón injustificada", regulada en el artículo 6 letra j) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG. |