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El presente procedimiento se tramita contra el señor Neftalí Ernesto Ramírez Lico, a quien se atribuye la posible transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto entre junio y diciembre de dos mil dieciocho, se habría desempeñado como Jefe de Contabilidad en la Alcaldía Municipal de Ahuachapán; y también dentro del horario laboral habría prestado sus servicios profesionales como Auditor Interno en la Alcaldía Municipal de Tacuba. |