Detalles

Informaciones
Propietario: TEG
Comentarios: En su informe, el licenciado Bonilla Benavide...
Espacio de disco utilizado: 626.35 KiB
Creación: 2017-11-01 09:47:16
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2013-05-14
Fundamento: En su informe, el licenciado Bonilla Benavides manifiesta que el licenciado Rafael Antonio Turcios Callejas labora para ese Ministerio desde el cuatro de julio de dos mil seis, actualmente desempeña el cargo de Inspector de Trabajo, pero que en los años dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez fungió como Administrativo, teniendo entre otras funciones la de atender a usuarios que solicitaban inspecciones especiales, tomando las solicitudes respectivas. En cuanto a la solicitud presentada por el señor ************* y otros en contra de la sociedad**************************. indicó que la misma se realizó el día catorce de julio de dos mil nueve y fue recibida por el licenciado***************, con número de caso LUIE-83-2009, y la cual fue asignada para su diligenciamiento por la licenciada*******************, ***************, al señor**************,*********************. Señala que la diligencia no se pudo realizar porque al momento de la visita al lugar de trabajo indicado por los solicitantes, no se encontró a ninguna persona que representara a la parte patronal. Posteriormente, se remitió el expediente al Supervisor de la Oficina Regional de Oriente, con sede en la ciudad de San Miguel, pues según la información proporcionada por los solicitantes la parte patronal tenía oficinas en dicha ciudad. II. Al respecto, el artículo 33 inciso 4° de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, establece que recibido el informe correspondiente el Tribunal resolverá si continúa el procedimiento o si archiva las diligencias. En el caso particular, este Tribunal estima que no es dable continuar con el trámite del procedimiento, ya que los indicios de una aparente vulneración a la LEG apreciados inicialmente no se han robustecido; pues, por el contrario, según lo expresado por el licenciado Bonilla Benavides, el servidor público denunciado no era el encargado de dar trámite a la solicitud hecha por el señor ***************** el día catorce de julio de dos mil nueve.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 3
Fichero Comentarios Estado Acciones
    • 11-D-12 sin lugar la apertura.pdf
    • Versión: 3
    • 60.3 KBytes application/pdf
    • Enviado por Iris Yesenia Santos Cruz
    • 2019-03-07 20:14:33
    Publicado