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La denunciante manifiesta, en síntesis, que trabajaba en el Centro Escolar Caserío El Conacaste; sin embargo, desde el día veinte de julio del año pasado fue trasladada a diferentes centros escolares, menoscabando su dignidad y sus derechos laborales.
Indica que se ha vulnerado la Ley de Ética Gubernamental porque en el Centro Escolar Cantón Agua Escondida se presentó un maestro para cubrir el puesto de una profesora que había sido declarada subutilizada, y quien por tal motivo fue enviada en su lugar al Centro Escolar Caserío El Conacaste.
Finalmente, solicita que se le conceda la indemnización que conforme a ley le corresponde y que se le reinstale en sus labores en un centro educativo cercano a su lugar de residencia.
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...este Tribunal aprecia que la denunciante plantea un conflicto de índole meramente laboral; pues alega principalmente situaciones que habrían vulnerado su derecho al trabajo y solicita se le conceda la indemnización respectiva o un reinstalo, lo cual no corresponde a la competencia objetiva de este cuerpo colegiado.
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En consecuencia, se advierte la existencia de un error de fondo insubsanable en el reclamo formulado que impide la prosecución del procedimiento.
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