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Propietario: TEG
Comentarios: Por recibido el oficio N.° 472 remitido por ...
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Creación: 2017-11-01 09:47:16
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2013-05-15
Fundamento: Por recibido el oficio N.° 472 remitido por la licenciada Dani Beri Calderón de Ramírez, Jueza de lo Civil de Ahuachapán, junto con la documentación relacionada en la razón de folio 6 vuelto, en el que informa que dentro del personal que labora en ese Juzgado no se encuentra nadie con el nombre de Carlos Magaña y en la plaza de notificador funge el bachiller Oscar Orlando Granados Meléndez, del cual anexa el respectivo acuerdo de nombramiento, que data del año dos mil seis. Al respecto, el artículo 33 inciso 4° de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, establece que recibido el informe correspondiente el Tribunal resolverá si continúa el procedimiento o si archiva las diligencias. En el caso particular, este Tribunal estima que no es dable continuar con el trámite del procedimiento, ya que los indicios de una aparente vulneración a la LEG apreciados inicialmente no se han robustecido, pues se ha acreditado que el señor Carlos Magaña no se desempeña como notificador del Juzgado de lo Civil de Ahuachapán.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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    • 92-A-12
    • Versión: 1
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-01 09:47:16
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