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Comentarios: A sus antecedentes la nota remitida por el se...
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Creación: 2017-11-01 09:47:17
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2013-05-16
Fundamento: A sus antecedentes la nota remitida por el señor Mauricio Girón Salgado, Director del Centro Escolar “Colonia San Rafael” de Soyapango, departamento de San Salvador, en la que informa que según los expedientes del personal docente y administrativo, los libros de actas del Consejo de Maestros, del Consejo Directivo Escolar y de toma de posesión, la señora ******************************** no labora en dicha institución educativa. Al respecto, el artículo 33 inciso 4° de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, establece que recibido el informe correspondiente el Tribunal resolverá si continúa el procedimiento o si archiva las diligencias. En el caso particular, este Tribunal estima que no es dable continuar con el trámite del procedimiento, pues del informe recibido se repara que la señora *******************************, quien supuestamente es hija de una miembro del Consejo Directivo Escolar del Centro Escolar “Colonia San Rafael”, no ha sido contratada como docente en esa entidad educativa, de manera que los indicios de una aparente vulneración a la LEG y que fueron apreciados al ordenar la investigación preliminar, no se han robustecido.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 2
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    • 17-A-12.pdf
    • Versión: 2
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-09 21:09:56
    Publicado