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Comentarios: el referido servidor público aclara que el s...
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Creación: 2017-11-01 09:47:17
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2013-05-20
Fundamento: el referido servidor público aclara que el señor Hernán Emilio Carrasco Guzmán, Secretario de dicho Juzgado, solicitó licencia sin goce de sueldo del once de mayo al nueve de junio, del diez al treinta de junio y del uno al nueve de julio, todas esas fechas de dos mil once y que renunció el once de julio de ese mismo año. Adicionalmente, anexa copia de los acuerdos en los que se concedieron las licencias así como de la renuncia. ... Los artículos 33 inciso 4° de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, 83 inciso final y 84 inciso primero de su Reglamento, establecen que recibido el informe correspondiente, el Tribunal resolverá si continúa el procedimiento o si archiva las diligencias. En el caso particular, del informe del Juez de Familia Suplente de San Marcos, este Tribunal advierte que los hechos atribuidos al señor Hernán Emilio Carrasco Guzmán se han desvirtuado, de manera que debe culminarse la tramitación del procedimiento.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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    • 91-A-12
    • Versión: 1
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-01 09:47:17
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