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Propietario: TEG
Comentarios: A sus antecedentes el oficio recibido el once...
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Creación: 2017-11-01 09:47:21
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2013-07-08
Fundamento: A sus antecedentes el oficio recibido el once de junio de este año suscrito por el señor Carlos Maximiliano Castillo Recinos, Síndico Municipal de Santa Ana, departamento de Santa Ana, con la documentación que adjunta, en el que informa que los señores Mauricio Cuestas Tomasino y Marcos Avilés laboraron como Gerente General y Jefe del Departamento de Aseo de dicha Municipalidad hasta el treinta de abril del corriente año. Señala además que una de las funciones del Gerente General es la autorización y entrega de vales de combustible para los vehículos institucionales y que el Jefe del Departamento de Aseo no tiene acceso en horas nocturnas al lugar donde están resguardados los camiones recolectores, pues a él sólo le corresponde adoptar las medidas necesarias para asegurar que el servicio de recolección de desechos sólidos en la ciudad no se interrumpa por ningún motivo. Finalmente indica que no existe ningún informe de la señora Beatriz Delgado sobre irregularidades en el uso de los vales y del combustible de los camiones recolectores por parte de los señores Cuestas Tomasino y Avilés. ... ...del informe recibido, puede afirmarse que no se han robustecido los indicios de una posible transgresión al deber ético de “utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados, regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG, al haberse desvirtuado las aseveraciones efectuadas por el informante anónimo en el aviso.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 2
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    • Versión: 2
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-10 18:06:04
    Publicado