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La denunciante manifiesta que en el expediente referencia 04366-10-OR-4CV1 el Juez Villalta Baldovinos ordenó a la señora*************, conocida por *************************, que restituyera a su titular un inmueble ubicado en **************************************, departamento de San Salvador; y, posteriormente, el trece de febrero del presente año ordenó el desalojo de la referida señora, su familia y otras personas que estuvieran ocupando indebidamente el inmueble.
Indica que la resolución de ejecución es incongruente, ilegal e “incorrecta”, pues considera que transgrede derechos y garantías constitucionales de los otros habitantes del inmueble, v.gr. el derecho de audiencia y defensa como manifestaciones del debido proceso.
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En el caso analizado, este Tribunal advierte que la denunciante cuestiona la legalidad y constitucionalidad de la resolución pronunciada el trece de febrero del presente año por el señor Villalta Baldovinos; no obstante, este Tribunal se encuentra completamente inhibido de conocer de tales aspectos, los cuales única y exclusivamente puede ser examinados por el Órgano Judicial a tenor de lo dispuesto en el artículo 172 de la Constitución.
De manera que los hechos planteados son atípicos con relación a los deberes y prohibiciones éticos regulados en los artículos 5, 6 y 7 de la LEG, los cuales constituyen el parámetro de competencia objetiva de esta institución.
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