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Propietario: TEG
Comentarios: ...el día doce de febrero, el Director Gener...
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Creación: 2017-11-01 09:47:26
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2013-09-19
Fundamento: ...el día doce de febrero, el Director General de Transporte Terrestre inició el proceso administrativo sancionatorio referencia VMT-DGTT-LAE-PR/AD-047-12-2012 contra trece permisionarios de la ruta AB021A0SS, el cual le fue notificado el quince de febrero, ambas fechas del presente año, atribuyéndole el posible incumplimiento a la obligación de prestar el servicio de transporte colectivo público de pasajeros con la unidad AB72028 de su propiedad, el día trece de diciembre de dos mil doce. ...indica que de quince unidades de la ruta a las que se inició proceso administrativo sancionador, solo respecto de seis unidades se ratificó la revocatoria del permiso de línea y con relación a las demás se aceptó la prueba de descargo, lo que –a su juicio– podría parecer algún tipo de represalia de parte de los funcionarios denunciados; añade que esa situación le causó a él y a sus empleados perjuicios económicos, por lo que considera que los hechos descritos constituyen una violación de los artículos 4 letras c), d), e), f), g) y h), y 8 de la Ley de Ética Gubernamental y el artículo 3 de la Constitución. ... ...el denunciante simplemente expone las razones que brindó el Director General de Transporte Terrestre para revocarle el respectivo permiso de línea de transporte público colectivo de pasajeros, y en seguida cuestiona que el Viceministro de Transporte no haya tomado en cuenta los cuadros de control que presentó como prueba de descargo, lo cual –asegura– sí valoró con relación a otros recurrentes; pero no aporta datos ni argumentos tendientes a esbozar alguna infracción ética, limitándose a relacionar una serie de preceptos. ... Así, se concluye que la petición del denunciante persigue, en puridad, que se examinen los fundamentos de las decisiones adoptadas por los funcionarios denunciados en el procedimiento señalado, para establecer si las mismas se encuentran apegadas a derecho; lo cual no corresponde a la competencia objetiva de este Tribunal.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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    • 77-D-13
    • Versión: 1
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-01 09:47:26
    Publicado