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Propietario: TEG
Comentarios: ...a finales de noviembre de dos mil ocho int...
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Creación: 2017-11-01 09:47:27
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2013-11-18
Fundamento: ...a finales de noviembre de dos mil ocho interpuso una denuncia en la Unidad de Vida de la Oficina Fiscal de Soyapango, por la desaparición del adolescente**************************, por más de setenta y dos horas. Señala que el caso fue asignado a la señora Yolanda Ayala, agente auxiliar del Fiscal General de la República. Además, relaciona que “la UDIC de la PNC de Soyapango” realizó entrevistas y otras diligencias que ignora; y que, transcurrido cierto tiempo, la fiscal le expresó “si no está muerto su hijo, está vivo” y que dichas diligencias serían archivadas. Agrega que a inicios de agosto del presente año solicitó a la Unidad de Vida de la referida Oficina Fiscal, copia certificada del expediente administrativo bajo referencia 1700-UDV-2008, que se refiere al caso de privación de libertad de ****************, pero que habiendo transcurrido siete días hábiles, la señora Ayala le informó que su solicitud había sido denegada. ...el hecho atribuido a la servidora pública denunciada, aún y cuando podría calificarse como una conducta reprochable desde el régimen de responsabilidades de los funcionarios y empleados de la Fiscalía General de la República regulado en el Titulo III capítulo IV de la Ley Orgánica de dicha entidad, que establece como infracción leve la falta de atención al público oportuna y diligente; carece de tipicidad con relación a los deberes y prohibiciones éticos contemplados en la LEG. En ese sentido, la denuncia de mérito se encuentra fuera de la competencia objetiva de este Tribunal y, por lo tanto, deberá rechazarse.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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    • 97-D-13
    • Versión: 1
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-01 09:47:27
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