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Creación: 2017-11-01 09:47:35
Decisión: Desistimiento
Fecha de resolución: 2014-04-22
Fundamento: ...Por su parte, el señor Martínez Henríquez desiste de su denuncia y señala la “pasividad y falta de acción por aplicar la Ley” por parte de este Tribunal. Al respecto, el artículo 98 del Reglamento de la Ley de Ética Gubernamental establece que el denunciante podrá desistir expresamente de su denuncia en cualquier momento. En caso que los hechos denunciados evidencien la posible violación de un deber o prohibición ética, el Tribunal puede continuar de oficio el procedimiento. Esto significa que por la trascendencia de los hechos sometidos a la competencia de este Tribunal, los cuales son de interés público, el desistimiento no puede aceptarse de manera automática como forma anormal de terminación del trámite, pues en el supuesto que subsistan los indicios de una transgresión ética deberá proseguirse aún sin la participación del denunciante. ...el desistimiento es la declaración por la que el actor anuncia su voluntad de abandonar su pretensión. El desistimiento ha de proceder del actor o demandante, puesto que se trata de retirar la pretensión que él interpuso ante el órgano competente (Jaime Guasp, “Derecho Procesal Civil”). Asimismo, tal y como lo ha sostenido en reiteradas ocasiones la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, el desistimiento es la declaración unilateral de voluntad del actor de abandonar el proceso. Constituye pues una forma de abdicación, renuncia o dejación de un derecho, que tiene por efecto la extinción del proceso en que se controvierte (resolución de sobreseimiento dictada en el proceso de amparo ref. 508-2005 el 3/V/2006). De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 letra a) del Reglamento de la derogada LEG “En cualquier estado del procedimiento, el Tribunal decretará sobreseimiento si concurriere cualquiera de las circunstancias siguientes: a) Por desistimiento del denunciante”. En otro punto, y dado que el desistimiento provoca la terminación anticipada del procedimiento, el Tribunal se encuentra inhibido de pronunciarse sobre pretensiones como la planteada por el denunciante en el primero de sus escritos en torno a la prueba.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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    • 44-D-12
    • Versión: 1
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-01 09:47:35
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