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Propietario: TEG
Comentarios: en el año de dos mil once la señora Reyna E...
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Creación: 2017-11-01 09:47:36
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2014-05-15
Fundamento: en el año de dos mil once la señora Reyna Esperanza Blanco Sorto habría desempeñado simultáneamente dos cargos en el sector público, el de Auxiliar de Enfermera en el Área de Cuidados Moderados del Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) y el de enfermera de la Delegación de San Salvador Sur de la Policía Nacional Civil con plaza nominal de Técnico III. Al respecto, es dable indicar que por resolución de las trece horas con veinte minutos del cuatro de abril de este año se resolvió en forma definitiva el expediente referencia 40-A-12 ACUM, en el cual constaban exactamente los mismos hechos indicados en el párrafo que antecede. En ese sentido, con base en el art. 81 letra h) del Reglamento de la Ley Ética Gubernamental, al existir una resolución definitiva sobre los mismos hechos objeto del aviso, debe declararse improcedente el mismo.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 3
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    • 17-A-14 Improcedencia.pdf
    • Versión: 3
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    • Enviado por Iris Yesenia Santos Cruz
    • 2019-03-07 20:29:15
    Publicado