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Propietario: TEG
Comentarios: En este procedimiento, pese a las diligencias...
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Creación: 2017-11-01 09:47:36
Deberes éticos (Art. 5 LEG): a) Deber de conocer las normas que le son aplicables en razón del cargo: Conocer las disposiciones legales y reglamentarias, permisivas o prohibitivas referentes a incompatibilidad, acumulación de cargos, prohibiciones por razónde parentesco y cualquier otro régimen especial que le sea aplicable.
Decisión: No sanciona
Fecha de resolución: 2014-05-22
Fundamento: En este procedimiento, pese a las diligencias investigativas desarrolladas, no se ha establecido que el ocho de diciembre de dos mil doce el vehículo placas N-4362 haya sido utilizado para una mudanza; es decir, para fines distintos a los institucionales, como se afirmó en el aviso recibido. De hecho, en los registros que para tal efecto llevó la Corte Suprema de Justicia no consta que dicho vehículo registrara una salida en esa fecha. En el transcurso del procedimiento se estableció que si bien el vehículo en mención fue asignado formalmente al denunciado, todos los colaboradores del Departamento de Disminución de Reos sin Sentencia de la Región Oriental podían conducirlo para los fines institucionales.
Ley: Vigente
Problema jurídico: *¿Se acreditó el uso de un vehículo nacional para realizar una mudanza del servidor público a quien estaba asignado?
Tipo de resolución: Definitiva
Detalles de la versión: 1
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    • 207-A-2012
    • Versión: 1
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-01 09:47:36
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