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Propietario: TEG
Comentarios: Por medio de la documentación remitida por e...
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Creación: 2017-11-01 09:47:37
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2014-07-22
Fundamento: Por medio de la documentación remitida por el señor Canjura Linares, se establece que durante el año dos mil trece, el señor Walter Aníbal Santos Garzona fue destacado en el nivel central del Ministerio de Educación, para desempeñar funciones de administrativo en el programa PASE, y según acuerdo N°. 03-0001 del tres de enero de dos mil trece, el sueldo correspondiente para dicho servidor sería cancelado por la Pagaduría Auxiliar Departamental de Educación de Sonsonate. Asimismo dicho informe destaca que a partir del diecisiete de marzo del presente año, el referido servidor público se desempeña como Jefe de Departamento de Alimentación y Salud Escolar, nombrado en la Dirección Nacional de Educación, Gerencia de Alimentación y Salud Escolar, bajo la modalidad de Ley de Salarios, devengando un salario mensual de un mil quinientos dólares (US$1,500.00). Finalmente indica que en los registros que lleva la Dirección de Desarrollo Humano de dicho Ministerio, el señor Santos Garzona no está nombrado en más de una plaza a nivel nacional. ... En ese sentido, no se han robustecido los indicios de una posible infracción a las prohibiciones éticas de “Percibir más de una remuneración proveniente del presupuesto del Estado, cuando las labores deban ejercerse en el mismo horario”; así como “Desempeñar simultáneamente dos o más empleos en el sector público que fueren incompatibles entre sí”, reguladas en el artículo 6 letras c) y d) de la LEG por parte del señor Walter Aníbal Santos Garzona.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 2
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    • 11-O-13.pdf
    • Versión: 2
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-15 15:03:22
    Publicado