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Propietario: TEG
Comentarios: De la documentación remitida, se advierte qu...
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Creación: 2017-11-01 09:47:38
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2014-08-14
Fundamento: De la documentación remitida, se advierte que el vehículo placas N-10524 se encuentra asignado al señor *********************, Delegado Local de Apopa de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y el motorista de dicha delegación es el señor *******************. Adicionalmente, consta que el control de utilización del referido automotor se realiza mediante el registro en el Libro de Misiones Oficiales, la suscripción de autorización de salida, control de ingresos y salidas en el libro de novedades en días no laborales u horario extraordinario, verificación de las bitácoras, revisión de cumplimiento de la misión y estimación de consumo de combustible. Asimismo, según el señor *********, el uso del mencionado vehículo se constriñe a misiones institucionales y cuando son en horario no laboral, necesitan la respectiva autorización previa. Manifiesta que en el curso del presente año sólo se ha autorizado la salida de dicho automotor el uno y dos de febrero –días no laborales- para atender el evento electoral. Señala que no tiene conocimiento que el vehículo placas N-10524 sea empleado para fines particulares, que del reporte del personal de seguridad y de la revisión del libro de novedades no se encuentran registros de salidas o entradas del mismo en días no laborales o en horario extraordinario y que no existe variación en el consumo de combustible ni exceso en el kilometraje promedio mensual. Por último, hace notar que en una misión oficial de las catorce horas del treinta de enero del año en curso, se autorizó el transporte para dos jóvenes integrantes de la Unidad Juvenil Local hacia el Centro Escolar Amanda Villalta de Cuscatancingo, luego de una reunión de trabajo. ... ...con el informe recibido y la documentación anexa, este Tribunal advierte que los indicios de una posible transgresión al deber ético de “Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados, regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG no se han robustecido. En efecto, se constata en la bitácora del vehículo placas N-10524 correspondiente a los meses de diciembre de dos mil trece y enero de dos mil catorce que las misiones oficiales se realizaron en días y horas laborales y que no incluían el Centro Escolar Amanda Villalta de Cuscatancingo (fs. 22 al 24). De igual manera, según reporte del Delegado Local de Apopa que tiene asignado el referido vehículo, no constan registros de salidas o entradas del mismo en días no laborales o en horario extraordinario y no existe variación en el consumo de combustible ni exceso en el kilometraje promedio mensual (f. 18).
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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    • 95-A-12
    • Versión: 1
    • 325.5 KBytes application/pdf
    • Enviado por TEG
    • 2017-11-01 09:47:38
    Publicado