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Comentarios: El informante indicó que el señor Miguel Á...
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Creación: 2017-11-01 09:47:44
Deberes éticos (Art. 5 LEG): a) Deber de conocer las normas que le son aplicables en razón del cargo: Conocer las disposiciones legales y reglamentarias, permisivas o prohibitivas referentes a incompatibilidad, acumulación de cargos, prohibiciones por razónde parentesco y cualquier otro régimen especial que le sea aplicable.
Decisión: Sanciona, No sanciona
Fecha de resolución: 2015-03-11
Fundamento: El informante indicó que el señor Miguel Ángel Barrientos Rosales, Juez Primero de Paz de Santa Ana, utilizaba el vehículo placas P 417-045, propiedad de la Corte Suprema de Justicia, para ingresar a moteles y para transportarse a “Las Cabañas” del Lago de Coatepeque y a otros “centros de bebidas alcohólicas” durante el horario laboral, lugares a los que les exigía a sus empleados que le llevaran documentos oficiales en casos de urgencia. Mencionó además que el referido servidor público ocupaba cupones de gasolina de la Corte Suprema de Justicia para desplazarse en el vehículo a realizar asuntos personales, dentro y fuera del horario de trabajo... ... En el presente caso, aun cuando el apoderado del señor Barrientos Rosales intentó descalificar la declaración de la señora *******, y los testigos de descargo declararon que el supuesto infractor utilizaba el vehículo nacional en horas laborales para fines institucionales, ellos sólo se refieren a la actuación del investigado durante la jornada de trabajo. En ese sentido, la única persona que realmente presenció el uso indebido del vehículo fue la señora *******, en razón que era ella quien acompañó al juez a lugares privados y en horas no laborales. Al apreciar las versiones de los testigos, y conforme a las reglas de valoración de la sana crítica, el Tribunal aprecia que la señora ... es una testigo directa de los hechos que son objeto de este procedimiento. Por su parte, los testigos de descargo sólo dan fe de la actuación del señor Juez durante la jornada laboral y adentro de las instalaciones del Juzgado Primero de Paz de Santa Ana. Lo anterior demuestra que el juez Barrientos Rosales utilizó el vehículo placas P 417-045 para fines personales y ajenos a los institucionales, a los cuales está destinado. Si bien el vehículo en cuestión es de uso discrecional, ello no faculta al responsable del mismo para utilizarlo para beneficio propio, pues los recursos públicos pertenecen y están al servicio de la colectividad, por tanto, su uso debe orientarse hacia el cumplimiento de las funciones propias de la institución.// ..."Por otro lado, pese a las actividades de investigación efectuadas y el análisis en conjunto de toda la prueba recolectada por este Tribunal no se ha logrado establecer que el señor Barrientos Rosales haya exigido o solicitado a sus subordinados que le llevaran documentos oficiales para firmar a lugares ajenos al juzgado; es decir, que no les ordenó que emplearan su tiempo ordinario de labores para realizar actividades ajenas a los fines institucionales. Por el contrario, los testigos de descargo, quienes además eran empleados del juzgado dirigido por el señor Barrientos Rosales, fueron contestes y uniformes en sus declaraciones al manifestar que el juez no les exigía labores ajenas a las del juzgado. "
Ley: Vigente
Prohibiciones éticas (Art. 6 LEG): f) Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de labores para que realicen actividades que no sean las que se les requiera para el cumplimiento de los fines insitucionales
Tipo de resolución: Definitiva
Detalles de la versión: 1
Fichero Comentarios Estado Acciones
    • 6-A-2013
    • Versión: 1
    • 325.5 KBytes application/pdf
    • Enviado por TEG
    • 2017-11-01 09:47:44
    Publicado