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Propietario: TEG
Comentarios: El señor Umanzor Juárez informa que la señ...
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Creación: 2017-11-01 09:47:54
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2015-07-07
Fundamento: El señor Umanzor Juárez informa que la señora ******************* es su esposa desde agosto de dos mil doce, y que no labora en la Alcaldía Municipal de Ilopango ni desempeña ningún cargo público en la misma. Aclara que la señora ************** fue contratada por el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL) en el Programa de Apoyo Temporal al Ingreso (PATY) y laboró en las instalaciones de la citada municipalidad, aunque su salario fue remunerado con fondos del FISDL. ... ...con la información recopilada en la investigación preliminar no se han robustecido los indicios de una posible transgresión al deber ético de “Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés” y a la prohibición ética de “Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente (…)” regulados en los artículos 5 letra c) y 6 letra h) de la LEG, por parte del señor Nelson Alexander Umanzor Juárez, miembro del Concejo Municipal de Ilopango. De hecho, según informa la señora Bessie Aguilar, Jefe de Recursos Humanos de la referida municipalidad, no consta que la señora **********************, esposa del investigado, labore o haya trabajado en el municipio donde aquél es regidor.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 2
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    • 74-D-14.pdf
    • Versión: 2
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-17 17:26:57
    Publicado