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Propietario: TEG
Comentarios: Con la prueba vertida ha quedado demostrado f...
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Creación: 2017-11-01 09:47:54
Año: 15
Deberes éticos (Art. 5 legislación vigente):
Decisión: Sanciona
Fecha de resolución: 2015-07-20
Fundamento: Con la prueba vertida ha quedado demostrado fehacientemente que durante el período comprendido entre enero y abril de dos mil doce, la municipalidad de Jucuapa, departamento de Usulután, adquirió uniformes e implementos deportivos con fondos municipales, los cuales fueron posteriormente donados a equipos como Los Cocos, San Simón, C.D. Atletic, Zaragoza FC, Galáctico FC, entre otros. Asimismo, se ha acreditado que dichos uniformes contenían la leyenda “Manuel Turcios- Alcalde” a requerimiento de él mismo, tal como lo admitió voluntaria y espontáneamente en la audiencia de prueba (fs. 416 al 418). Además, indicó que ante el informe de la Corte de Cuentas, dicha frase se sustituyó por el nombre de la Alcaldía, y que así se han entregado hasta la fecha. Respecto de las anteriores declaraciones, es necesario acotar que la Ley de Ética Gubernamental regula un procedimiento administrativo sancionador que se rige por los principios de no solemnidad, contradicción, igualdad, lealtad, probidad y buena fe. Ahora bien, para considerar las manifestaciones del posible infractor como una confesión, y que constituyan por tanto un verdadero medio de prueba, se deben observar ciertos requisitos de validez, entre ellos que se otorgue de forma personal ante autoridad competente, y sobre todo que dicho reconocimiento de responsabilidad por parte del investigado se produzca voluntaria y espontáneamente en cualquier estado de la tramitación del procedimiento, siempre que la Administración resuelva admitir la confesión. En definitiva, es el servidor público denunciado quien voluntaria y espontáneamente puede confesar algún hecho ante el Tribunal. En el presente caso, el señor Turcios Ruiz manifestó claramente su voluntad de rendir su declaración sobre los hechos que se le imputaban, y admitió que los uniformes llevaban su nombre impreso, con lo cual inevitablemente se promocionaba su figura personal aun cuando hiciera mención de su cargo de Alcalde. Precisamente, al haber donado implementos deportivos con la leyenda “Manuel Turcios- Alcalde”, los cuales se adquirieron con recursos de la municipalidad de Jucuapa, el señor Turcios Ruiz logró publicitar su imagen personal, esto es, promocionó su figura individual en lugar de la del municipio como institución. De hecho, la referida frase supuso una propaganda de su persona como si se hubiera tratado de una donación efectuada por él, todo con la finalidad de lograr notoriedad. A todo servidor público le está vedado tomar ventaja de su cargo para incidir en la voluntad de los electores, ya sea a favor suyo, del partido político al que está adscrito o de una ideología política concreta, situación que se vuelve mucho más reprochable si se trata de un funcionario de elección popular, cuyo compromiso con la sociedad debe ser mayor. En ese sentido, existió un aprovechamiento indebido del elemento material que tenía a su disposición (el diseño de los uniformes deportivos) que favoreció su imagen personal, e indirectamente la del partido político que representaba, dada la vinculación existente entre el cargo público de Alcalde Municipal de Jucuapa y el partido político que permitió que el señor Turcios Ruiz figurara como tal. Sin duda, al publicitar con su nombre la realización de obras públicas que le competen al municipio, el funcionario logra generar empatía en la colectividad y en los posibles votantes, tal como sucede en las campañas políticas, pero en este caso sufragada con recursos estatales.
Ley: Vigente
Problema jurídico: *¿Es política partidaria que se incluyan el nombre del alcalde en implementos a donar, que fueron adquiridos con fondos públicos?
Prohibiciones éticas (Art. 6 LEG): l) Prevalerse del cargo para hacer política partidista
Prohibiciones éticas (Art. 6 legislación vigente): l) Prevalerse del cargo para hacer política partidista
Tipo de resolución: Definitiva
Detalles de la versión: 2
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    • Versión: 2
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-17 17:48:59
    Publicado